Ya tenemos bastante trabajo como para hacer el de otros

mayo 06, 2018


El gasto sanitario público ha subido en los últimos 4 años, cuestión que sorprende sobremanera a población y profesionales que perciben una parálisis del sistema sanitario. Esto es debido a que este incremento presupuestario continuado no compensa ni los recortes de años anteriores, ni el envejecimiento de la población.  Mención aparte merece el comprensible aumento de las expectativas de la población. En 10 años los avances en salud son muchos y no todos se han implantado adecuadamente.
Gráfica obtenida del informe "Estadística de Gasto Sanitario Público 2016", elaborado y publicado por el Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad. No constan en el informe los datos 2017 en los que también se incrementó el gasto sanitario público

Pero pocas veces se señalan las externalidades negativas que genera el sector sanitario privado sobre el sistema público. Para un análisis más amplio de estas externalidades sugiero la lectura de David de Bedoya en este post.

Yo me quiero centrar en el perjuicio que se genera al bien común cuando un paciente es derivado desde el sistema público a una clínica privada y no recibe los servicios concertados expresamente.

Observo el creciente malestar existente entre profesionales de enfermería y medicina del Servicio Canario de la Salud  que atienden a diario a pacientes que han sido tratados u operados en clínicas concertadas en Canarias. Estos pacientes han sido derivado a clínicas privadas para recibir un tratamiento completo, que en el caso de las cirugías incluye el acto quirúrgico, el ingreso, los controles posteriores (incluidas las curas) y el tratamiento de las complicaciones (sangrado, infección, etc.).
Como quiera que estos pacientes encuentran dificultadas para recibir los controles posteriores, o bien, no saben donde acudir cuando tienen una complicación después de la cirugía, acuden a los centros de salud y hospitales públicos para ser atendidos.

¿Por qué ahora aumenta el malestar entre profesionales por este motivo?.  A la alta asistencial habitual, hay que sumar que se ha aumentado el dinero destinado por el Servicio Canario de la Salud para operar a pacientes en las clínicas privadas. Por tanto, aumenta también el número de pacientes que acaban en centros públicos para los cuidados posteriores y que consultan por complicaciones.
Gasto en euros de cirugía concertada en Canarias según datos del Gobierno de Canarias

Llegados a este punto, considero necesario reflejar que lo más importante es garantizar que la población reciba los cuidados adecuados. Pero basándonos en esa prioridad no podemos permitir que se parasiten los servicios públicos sanitarios.Por tanto, los pacientes intervenidos en clínicas privadas a través de conciertos sanitarios deben ser remitidos a esos mismos centros para su controles y complicaciones.
Los pacientes que por circunstancias especiales no pueden desplazarse hasta el citado centro, deberían ser atendidos en centros públicos. En este caso, la clínica privada no debería cobrar por esta atención, pues no ha sido capaz de prestar el servicio por el que se le ha pagado.

Considero importante que población y profesionales seamos conscientes de esta realidad que genera una importante ineficiencia en el sistema sanitario, y no seguir sobrecargando los servicios públicos con actos que ya han sido pagados para que sean realizados externamente.



NOTA:

Algunos argumentos normativos por los que controles y complicaciones posteriores a cirugía en clínicas concertadas deben ser atendidas por estas:

-       Ley General deSanidad. Ley 14/1986, de 25 de abril de 1986
Imagen de la Ley General de Sanidad, según consta en el BOE


-       Ley de Ordenación Sanitaria de Canarias
Imagen de la LOSCA, Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias.


-       Orden de precios y conciertos sanitarios firmados desde 1968 entre las distintas clínicas privadas y la Consejería de Sanidad (anteriormente INSALUD)
Imagen extraída de la última Orden de revisión de precios (Consejera Brígida Mendoza) BOC Nº50.13 de Marzo de 2013


 
         Imagen extraída de uno de contratos por los que se establece conciertos sanitario con el Servicio Canario de la Salud. En concreto la imagen corresponde al contrato con el Centro Nuestra Señora del Perpetuo Socorro


   Ejemplo de cláusula adicional de precios que es prácticamente igual en todos los procesos que se conciertan. Descargar aquí en pdf.

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