¿Y qué dice la Ley sobre los conciertos sanitarios?

mayo 23, 2018

En estos momentos de debate intenso sobre la sostenibilidad de la sanidad y cuando se vuelve a debatir sobre los conciertos sanitarios, siempre me gusta recordar que en la vigente Ley General de Sanidad 14/1986 no se habla de “complementariedad”, que es una palabra que no se escucha cuando en un foro se sientan, por ejemplo, los laboratorios farmacéuticos o los fabricantes de prótesis de caderas. Nuestro Sistema Nacional de Salud no fabrica medicamentos, ni prótesis de caderas, y se compran  con normalidad al sector privado, no sin batalla más o menos ética, pero no se recurre, en esos foros a la retórica de la complementariedad, que tanto gusta al lobby sanitario privado pues evoca al mito romántico de la complementariedad  y de la media naranja. Evoca también imágenes convenientes para sus fines como esta:

En algún foro he hablado largo y tendido del interés entusiasta de algunos por introducir la “complementariedad” en textos legislativos, de consenso y compromiso social, y tendré que sentarme a escribirlo en algún momento. Por el momento dejo aquí esta imagen gráfica.

No dejo de sentir admiración por el malogrado Ernest Lluch, el impulsor de la Ley General de Sanidad y asesinado por ETA. La Ley General de Sanidad 14/1986, que recientemente ha cumplido 32 años, ha sido uno de los grandes avances sociales consolidados de nuestra sociedad, y ojalá hubiésemos tenido en nuestro país, por ejemplo, una ley de educación tan estable y visionaria.  En su momento, Ernst Luch tuvo que lidiar con amigos y enemigos pues no fue fácil impulsar esta ley, y ya en aquel entonces la “complementariedad” rondaba por foros eruditos y mercantiles. Con brillantez se aborda el tema en el artículo 90, sin usar la palabra “complementariedad” y definiendo unas líneas que desgraciadamente no se cumplen.  Destaco los puntos que a mi entender cobran grave vigencia.
1. Las Administraciones Públicas sanitarias pueden concertar con centros privados, pero no es en absoluto obligatorio, es una opción más de la administración.
2.   Antes de concertar, dice “con carácter previo”, debe llevarse a los recursos propios a sus máximos funcionales, esto es, “la utilización óptima de sus recursos sanitarios propios. En definitiva, que la sanidad pública debe estar a pleno rendimiento antes de concertar, no que el concierto sea inherente al normal funcionamiento del servicio público.
Extracto fotografiado de la Ley General de Sanidad 14/1986. Artículo 90.
3.   “Las Administraciones Públicas Sanitarias no podrán concertar con terceros la prestación de atenciones sanitarias, cuando ello pueda contradecir los objetivos sanitarios, sociales y económicos establecidos en los correspondientes planes de salud”.  Pongamos un ejemplo, no se podría concertar servicios con quien discute o deslegitima la utilidad de los programas preventivos, por ejemplo, las vacunas. En nuestro medio se da la circunstancia de que en las clínicas privadas se realizan pruebas que “se niegan” en el lado público, con el consiguiente deterioro de la imagen del servicio público y el daño a los programas de salud. Ejemplos claro de esto, serían las mamografías, citologías, radiografías y otras pruebas que se realizan con más frecuencia, y me permito añadir ligereza, en el ámbito privado que en el público.
4.   Homologación. Los servicios en las clínicas privadas con las que se concierte deben cumplir una serie de “requisitos y condiciones mínimas, básicas y comunes”. Estas clínicas privadas, en cualquier caso, deben ser previamente homologados por la Administración. No parece lógico, por tanto, la Orden de Homologación, que se acaba de aprobar en Canarias, establezca una año de prórroga cuando ya venía recogida en la Ley de 1986 y cuando no es la primera Orden de Homologación publicada en Canarias.


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Un comentario

  1. Tienen un muy buen blog, estoy pensando en hacer esta fp imagen para el diagnóstico y medicina nuclear en esta web https://titulofp.es/fp-imagen-para-el-diagn%C3%B3stico-y-medicina-nuclear-cu si alguien la conoce por favor decirme como son?

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